Preguntas Frecuentes. Normativa Afip
¿Qué es factura electrónica?
Es un documento comercial en formato electrónico que reemplaza al documento físico tradicional (Papel).
¿Cómo adquiere validez la factura electrónica?
El C.A.E. es el código de autorización electrónico, que otorga la AFIP a cada documento para darle validez.
Un documento con C.A.E. indica que fue autorizado por la AFIP.
A través de InterFacturas no tiene que preocuparse por realizar la gestión de C.A.E. ya que se realiza de forma automática.
¿Se podrá utilizar la factura tradicional (en papel) alternativamente a la
factura electrónica?
La resolución R.G. 2485/08, en su artículo 4 establece los comprobantes excluidos del régimen de factura electrónica.
¿Cuáles son las características de los comprobantes electrónicos?
  • Poseen efectos fiscales frente a terceros si el documento electrónico contiene el Código de Autorización Electrónico “CAE”, asignado por la AFIP.
  • Son identificados con un punto de venta específico, distinto a los utilizados para la emisión de comprobantes manuales o a través de controlador fiscal.
  • Deben tener correlatividad numérica.
En caso de encontrarme obligado a emitir mis comprobantes electrónicamente
¿Qué obligaciones adicionales debo cumplir?
Los sujetos que hubieran efectuado la comunicación con la fecha a partir de la cual comenzarán a emitir los comprobantes electrónicos originales, se encuentran obligados a cumplir, para todas las actividades, con lo dispuesto en:
  1. El Título I de la Resolución General Nº 1361, sus modificatorias y complementarias, referido a la emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes.
  2. El Título II de la citada resolución general, respecto del almacenamiento electrónico de registraciones.
Fuente: Art.9 RG 2485/08
¿En qué plazo debe ser puesta a disposición la factura electrónica?
Dentro de los 10 días corridos contados desde la asignación del "C.A.E.".
Fuente: Art.30 RG 2485/08
Preguntas Frecuentes. Interfacturas
Si soy Emisor de facturas electrónicas:
¿Cómo emito Facturas Electrónicas?
La Emisión de Facturas Electrónicas puede realizarse en lote o en unidad, dependiendo del tipo de comprobante, a través de nuestro sitio o de cualquiera de los Bancos que comprenden la red.
¿Por cuánto tiempo podré encontrar las facturas disponibles en la red para su visualización?
El servicio de red de visualización de facturas electrónicas contempla que las mismas estén a disposición del usuario receptor desde la fecha de asignación del C.A.E. (Código de Autorización Electrónico) y hasta 90 días posteriores.
¿Puedo saber si las facturas que emití fueron visualizadas?
Entre las ventajas que ofrece el servicio de Interfacturas se encuentra la función de “TIME-STAMP”, es decir el registro con indicación de fecha, hora en que el receptor de la factura ingresó al servicio y visualizó los comprobantes.
Si soy Receptor de facturas electrónicas:
¿Cómo realizo la consulta de las facturas? ¿La visualización y descarga de las mismas se lleva a cabo de forma individual o por la totalidad de las recibidas?
La consulta puede realizarse a través de un sistema diseñado especialmente para visualizar las facturas emitidas para su empresa comprendidas en un rango de fechas (fecha desde – fecha hasta), o bien, solicitarlas por tipo de comprobante (ejemplo: facturas A o B y/o nota de crédito, etc.), u otros criterios de búsqueda.
Una vez realizada la consulta, el sistema presenta los comprobantes solicitados en pantalla y permite: imprimir, descargar o visualizarlos de una a la vez.
En síntesis: usted puede realizar la consulta de la totalidad de las facturas emitidas, en un periodo determinado, concretando la visualización, impresión y/o descarga en formato XML, en forma individual.
¿Puedo realizar los pagos de mis facturas a través de Interbanking?
Actualmente, los clientes de Interbanking abonados a los servicios Datanet Plus Completo, Datanet manager Completo e Interpyme pueden realizar los pagos a sus proveedores habituales mediante el uso de instrucciones electrónicas.
Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.

Novedades.

La AFIP publicó la Resolución General 2926
Octubre 2010
El 1 de Octubre la AFIP comunico la normativa que regula la utilización del Código de Autorización Electrónico Anticipado - CAEA.
AFIP establece los siguientes requisitos para que las empresas pueden solicitar la utilización del CAEA:

a) Se encuentren comprendidos en el Registro Fiscal de Imprentas, con carácter de "Autoimpresores"

b) Se encuentren incluidos -de forma obligatoria u opcional- en el régimen de factura electrónica establecido por la Resolución General Nº 2485, sus modificatorias y complementarias, o hayan sido nominados para ingresar al régimen previsto por la Resolución General Nº 2904.

c) Posean un sistema logístico integrado de almacenes, "stock", comercialización, facturación y distribución de tal magnitud que dificulte la facturación electrónica bajo la modalidad de Código de Autorización Electrónico "C.A.E.".

d) Hayan emitido en cada mes calendario un mínimo de UN MIL OCHOCIENTOS (1.800) comprobantes -de los indicados en el Artículo 8º-, en el período de TRES (3) meses calendario inmediatos anteriores a la solicitud de incorporación al procedimiento especial.

Las características de esta opción son las siguientes:

• Se podrá solicitar sólo un CAEA por quincena.
• Método de Solicitud por Web Services.
• Se deberá solicitar dentro de los 5 días corridos anteriores a cada quincena.
• Validez del CAEA por Quincena:
a) Primer período: entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive.
b) Segundo período: entre los días 16 y último de cada mes, ambosinclusive.
• Optar por factura electrónica según el Régimen Genera

Para mayor información de la comunicación visite: http://www.afip.gov.ar.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903
La AFIP publicó la Resolución General 2959
Noviembre 2010
El 15 de Noviembre la AFIP publicó la norma que incorpora al Régimen obligatorio de Factura Electrónica a las operaciones realizadas en el mercado interno relacionadas con la actividad hotelera y turística.
La AFIP comunicó que las empresas estan obligadas a cumplir con la norma desde el 1 de Enero del 2011 y deben cumplir con las siguientes características:

• Ser responsables inscriptos en el IVA
• Realizar alguna de las siguientes actividades:

a) Servicios de reservas hoteleras realizados a nombre de terceros, prestados por personas físicas o jurídicas, a cambio de un beneficio económico.

b) Venta de períodos de uso en Sistemas Turísticos de Tiempo Compartido, regulada por la Ley Nº 26.356 (incluidos la venta de intervalos de tiempos compartidos, gastos derivados del uso, goce y administración del mismo, cuotas de mantenimiento —expensas—, etc., cualquiera sea la forma de pago y/o contratación).

c) Ventas realizadas por agencias mayoristas y minoristas de viajes y turismo

Los comprobantes alcanzados son las facturas, notas de crédito, notas de débito A y B

Para mayor información de la comunicación descargue la norma desde:
http://www.afip.gob.ar/fe/#actHotelera

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar
o llamarnos al (011) 5554 - 2903
La AFIP publicó la Resolución General 2904
Septiembre 2010
El 9 de Septiembre la AFIP publicó la norma que sustituye la Resolución General 2757 y establece dos opciones a los contribuyentes obligados a facturar electrónicamente en relación al detalle de la información de la factura.
La Resolución General 2904 define que el alcance de la obligatoriedad es para operaciones del mercado interno y para aquellas empresas que sean notificadas por la Administración Federal mediante una nota.

Los comprobantes alcanzados por esta norma son las facturas, notas débito y notas crédito Ay B.

Las siguientes son las opciones que se incorporan en el Régimen:

• Optar por factura electrónica completa, es decir, informando el detalle.
• Optar por factura electrónica según el Régimen General normado por la RG 2485, adicionando la obligación de utilizar un Régimen de Información de Operaciones mediante el aplicativo SIAP de AFIP.

Para mayor información de la comunicación visite: http://www.afip.gov.ar.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903
Pagosbtob
Agosto 2010
Conozca nuestra solución de cobranza electrónica multibanco:
Optimizar los tiempos de cobranza de sus facturas y contar con información online es fundamental para la administración de los flujos de fondos de toda empresa.

PagosBtoB es el servicio de cobranzas multibanco de Interbanking que permite a las empresas recibir pagos electrónicos efectuados por sus clientes desde cualquiera de los bancos que integran nuestra red adheridos a este servicio. PagosBtoB permite centralizar y agilizar el proceso de cobranzas, brindando el máximo detalle de los pagos recibidos y acreditación de fondos en el día.

PagosBtoB ha sido elegido por empresas de primera línea como un canal ágil, confiable y seguro para centralizar y automatizar sus cobranzas. Ofrezca a sus clientes un medio de pago automático con el que pueden realizar sus pagos de manera gratuita y sin moverse de su oficina, con el respaldo total de Interbanking.

El proceso de cobranza de su empresa puede ser mejorado. No deje pasar la oportunidad de conocer cómo podemos ayudarlo.

Con PagosBtoB:

•Disponga de los fondos en el día.
•Obtenga información detallada de cada pago recibido y efectúe consultas.
•Opere desde el lugar de trabajo, sin restricciones geográficas ni traslado de valores.
•Integre la información a sus procesos contables.
•Reduzca costos y recursos.
•Cuente con horario bancario extendido de 8 a 17 hs.
•Ahorre espacio y contribuya al cuidado del medio ambiente.
•Ofrezca a sus clientes un medio de pago gratuito.

Para obtener más información sobre este servicio comuníquese con nosotros al (011) 5554-2999 o bien escríbanos a asesores_pagosbtob@interbanking.com.ar.
AFIP publicó las R.G. 2852 y 2853
Junio 2010
El 25 de Junio de 2010 AFIP publicó dos nuevas resoluciones en relación a la obligatoriedad de Factura Electrónica:
La RG 2852 establece que es obligatorio para los contribuyentes que soliciten "Certificado Fiscal para Contratar" emitir comprobante electrónicos. Este certificado fiscal es solicitado por las empresas que desean ser proveedores del estado.

La RG 2853 Establece un régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales que respalden las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras y de las señas o anticipos que congelen precios, efectuadas por los proveedores de la Administración Nacional, que deban solicitar el "Certificado Fiscal para Contratar".

Están alcanzados  los comprobantes que se detallan a continuación:

a) Facturas o documentos equivalentes clase "B".
b) Facturas o documentos equivalentes clase "C".
c) Notas de crédito y notas de débito clase "B".
d) Notas de crédito y notas de débito clase "C".

Ambas resoluciones son obligatorias a partir de Agosto 2010.

Para mayor información de la Resolución visite http://biblioteca.afip.gov.ar/.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903

 

La AFIP publicó la R.G.2757
Febrero 2010
El 10 de Febrero AFIP publicó la Resolución General 2757 que modifica la R.G. 2485 para incorporar en el Régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, a las empresas inscriptas en el impuesto al valor agregado, que realizan operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras y de las señas o anticipos que congelen precios, efectuadas en el mercado interno.

La Resolución General 2757 define que los contribuyentes obligados van a ser notificados fehacientemente por la Administración Federal mediante nota suscripta por el juez administrativo competente.

Cabe destacar que la obligación no alcanza a las operaciones de ventas a consumidores finales.

Los comprobantes alcanzados por esta resolución son las facturas, notas crédito y notas débito “A” y “B”.

Para mayor información de la Resolución visite http://biblioteca.afip.gov.ar/.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903

Interbanking celebra el bicentenario
Mayo 2010
1810 - 2010

Celebramos una historia que comenzó hace 200 años.

En tiempos en que las monedas eran de oro, el comercio cara a cara y las distancias se medían en días.

Pasaron los años y acuñamos nuestra propia moneda. Empezamos a anotar las cuentas en libretas de papel y a tomar créditos.

Con los bancos llegaron los cajeros, los cheques y las tarjetas.

Hoy enviamos instrucciones, consultamos saldos y pagamos facturas por Internet sin movernos del lugar.

Somos protagonistas de una historia que escribimos a cada paso.

Interbanking tiene el privilegio de celebrar el Bicentenario junto a usted.

Continuemos escribiendo juntos la historia.

Interbanking, líder en soluciones electrónicas.

Nueva Medida
Abril 2010
El 7 de Abril AFIP comunico que los proveedores que contraten con el Estado por más de $50 mil y requieran certificado fiscal por esa operación, y los portales que ofrecen productos en Internet, serán incorporados al Régimen obligatorio de Factura Electrónica a partir de junio.

La comunicación fue realizada en la inauguración de la Jornada Nacional de Factura Electrónica donde se destacó la evolución que viene presentado esta nueva práctica impulsada por la AFIP desde el 2008 que agiliza y transparenta las operaciones comerciales y el cumplimientos fiscal.

Los nuevos sectores obligados representan 21.500 contribuyentes que regularmente realizan contrataciones con el Estado y que el año pasado llegaron a facturar $700 mil millones.

Para mayor información de la comunicación visite: http://www.afip.gov.ar.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903

AFIP publicó la R.G. 2758
Enero 2010
El 25 de Enero AFIP publicó la Resolución General 2758 que modifica la R.G. 2485 para incorporar en el Régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales al rubro de exportaciones.

La Resolución General 2758 obliga a las empresas exportadoras que se encuentran inscriptas en los Registros Especiales Aduaneros a facturar electrónicamente las facturas o documentos equivalentes clase “E” y las notas de crédito y débito clase “E”.

Los empresas exportadoras definidas como grandes operadores según la RG 596 que exportan valores no inferiores a cien millones de dólares (U$ 100.000.000) deben adherirse al régimen antes del 1 de marzo.

El resto de empresas exportadoras deben adherirse al régimen antes del 1 de mayo. Para mayor información de la Resolución visite: http://biblioteca.afip.gov.ar/.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903

La AFIP publicó la R.G. 2668
Septiembre 2009
El 7 de Septiembre la AFIP publicó la R.G. 2668 en la que extiende la obligatoriedad de factura electrónica a las empresas que prestan servicios de otorgamiento de pólizas de seguros de caución.

La Resolución General 2668 publicada en el boletín oficial el 7 de septiembre de 2009, contempla el Regímen Especial para la emisión y almacenamiento de comprobantes originales que respalden el otorgamiento de pólizas de seguros de caución.

Todas las empresas alcanzadas deberán adherirse al Régimen antes del 31 de Octubre próximo.

Los comprobantes que están alcanzados por esta Resolución, son los siguientes:

  • a) Facturas o documentos equivalentes clase "A".
  • b) Facturas o documentos equivalentes clase "B".
  • c) Notas de crédito y notas de débito clase "A".
  • d) Notas de crédito y notas de débito clase "B".
Para mayor información de la Resolución visite: http://biblioteca.afip.gov.ar/.

Para más información puede escribirnos a: asesores_comerciales@interbanking.com.ar o llamarnos al (011) 5554 - 2903

Nueva Medida de la AFIP
Agosto 2009
La AFIP anunció que implementará el uso obligatorio de Factura Electrónica para las operaciones de exportación y para los seguros de caución.

A través de un comunicado de prensa, la AFIP anunció la incorporación de nuevos documentos electrónicos, Factura E, Nota de Crédito E y Nota de Débito E para respaldar las operaciones de exportación de bienes y servicios; y las facturas que emitan las pólizas de seguros de caución.

La nueva obligatoriedad permitirá incorporar aproximadamente 550.000 documentos y aumentará el universo de contribuyentes alcanzados por la normativa de factura electrónica de 9.100 a 22.000.

Esta nueva medida, que va de la mano de la tecnología, permitirá:

  • Acelerar los tiempos de fiscalización.
  • Simplificar las operaciones comerciales.
  • Cruzar información online.
  • Disminuir los costos de utilización del papel.
  • Eliminar las grandes distancias geográficas
La AFIP publicó la R.G. 2557
Febrero 2009
En febrero la AFIP publicó la R.G. 2557 en la que establece la obligatoriedad de la factura electrónica para el uso del Bono Fiscal.

En el boletín Oficial del 11 de Febrero se publicó la R.G. 2557 la cual establece las pautas y procedimientos del régimen de incentivo fiscal para bienes de capital, informática y telecomunicaciones.

Los fabricantes de bienes de capital, informática y telecomunicaciones que poseen un establecimiento industrial radicado en el país deberán emitir la factura electrónica para poder utilizar los bonos fiscales en el pago de impuestos nacionales.

Esto es en sintonía del objetivo permanente de intensificar el uso de las herramientas informáticas, facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones fiscales y optimizar las funciones de fiscalización y control de los gravámenes a su cargo.

Para mayor información de la Resolución visite http://biblioteca.afip.gov.ar/.

Para mayor información de Factura Electrónica visite www.interfacturas.com.ar

Interbanking en Expoagro
Marzo 2009
Interbanking participó en Expoagro 2009 presentando sus principales productos. Conozca al ganador del sorteo de la blackberry.

Los días 6, 7 y 8 de marzo, a través de nuestro stand ubicado en el sector Tecnología, las personas que concurrieron a la muestra Expoagro 2009 tuvieron la posibilidad de conocer más acerca de nuestros principales productos, participar en un juego con premios sorpresa y del sorteo de una blackberry Movistar 8220 Black.

El ganador del sorteo, efectuado el día 9 de marzo ante escribano público en nuestras oficinas, es Martín Zarate, conquien nos estaremos poniendo en contacto para coordinar la entrega de la blackberry.

¡¡¡Felicitaciones!!! Gracias por haber

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